Hacia una agenda del hábitat en Argentina

¿Cómo se logra promover una buena urbanización que garantice inclusión social, desarrollo económico y sus­tentabilidad ambiental?

Algunos de los principales desafíos que enfrentan actualmente las ciudades – como la desigualdad territorial, los efectos del cambio climático, la gobernanza metropolitana y el impacto de las tecnologías digitales- sólo pueden abordarse definiendo objetivos comunes y desde una perspectiva de desarrollo urbano integral que articule a todos los actores involucrados.

La planificación territorial, integral y a largo plazo, y la articulación de competencias entre diferentes niveles de gobierno exigen una política nacional de hábitat. Esta política consiste en un “conjunto coherente de decisiones consensuadas a través de un proceso deliberativo, conducido por el gobierno, de coordinación y movilización de actores diversos, en pos de una visión y fines comunes, que promuevan un desarrollo urbano más transformador, productivo, inclusivo y resiliente a largo plazo”, según ONU-Hábitat.

La necesidad de tener lineamientos coordinados y consensuados pone en primer plano el papel que debe jugar el gobierno nacional en el desarrollo urbano.

Pero, ¿qué capacidad tiene el Poder Ejecutivo Nacional argentino para conducir el desarrollo territorial y resolver estos proble­mas? ¿Cómo se organiza el gobierno nacional para gestionar las políticas de hábitat? ¿Cuánto presupuesto se destina a su ejecución? ¿Cómo se puede fortalecer una estrategia nacional de hábitat?

La organización del Poder Ejecutivo Nacional

La organización del Poder Ejecutivo Nacional en relación con las competencias vinculadas a la vivienda, la infraestructura, el ambiente y el transporte sufrió dos modificaciones en los últimos años. Por un lado, en 2016 se modificó tras el cambio de gobierno en 2015. Estas transformaciones permitieron concentrar varias de las funciones estructurales de las políticas de hábitat en un ministerio y consolidaron un abordaje más integral del hábitat.

Por otro lado, en marzo de 2018 el Decreto 174/2018 cambió nuevamente el organigrama de las políticas de hábitat. Fundamentalmente, redujo la cantidad de subsecretarías al elevar muchas de las existentes al rango de secretarías.

Las nuevas secretarías mantienen sus objetivos y dan continuidad a los programas que ejecutaban previo al Decreto 174/2018. Sin embargo, en el caso de la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano, algunos de sus objetivos fueron absorbidos por la Secretaría de Infraestructura Urbana mientras que otros fueron tomados por la nueva Secretaría de Integración Socio-Urbana, creada por el mismo decreto dentro del Ministerio de Desarrollo Social.

En 2016, las competencias y responsabilidades en temas de hábitat se concentraron en tres de los veinte ministerios y en la Jefatura de Gabinete: el Ministerio del Interior Obras Públicas y Vivienda (MIOPyV), el Ministerio del Transporte (MT) y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS). A partir de 2018, también el Ministerio de Desarrollo Social (MDS) desarrolla políticas de hábitat.

Evolución del gasto en hábitat

Para componer el gasto en hábitat, hubo que relevar los recursos destinados en el presupuesto nacional a dar respuesta a las finalidades de Vivienda y Urbanismo, Agua Potable y Alcantarillado, Transporte Urbano y Ecología y Medio Ambiente (en particular la gestión del riesgo y el manejo de cuencas hídricas urbanas). Estas funciones están distribuidas entre los cuatro ministerios mencionados arriba: la gestión del hábitat no está integrada sino que aún está dividida entre distintos organismos.

Entre 2012 y 2017 el presupuesto asignado por ley fluctuó en torno al 6% sobre el presupuesto nacional total, mientras que las readecuaciones lo llevaron a superar el 7% entre 2013 y 2015, para luego caer hasta el 4,9% en 2016.

De acuerdo con el presupuesto por ley, en 2017 se destinaron alrededor de 126 millones de pesos al gasto de hábitat:

  • Prácticamente todos los recursos asignados a las funciones Vivienda y Urbanismo y Agua Potable y Alcantarillado (52,4% del presupuesto nacional de hábitat) corresponden al MIOPyV. Sólo una pequeña parte de los fondos asignados a esta función corresponden a Jefatura de Gabinete, en particular a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).
  • La función Transporte Urbano es absorbida en su totalidad por el Ministerio de Transporte (44,8% del presupuesto en hábitat). De las relevadas, es la función de mayor asignación presupuestaria.
  • La función Ecología y Medio Ambiente recibió el 2,8% del presupuesto en hábitat, el cual se distribuyó entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable (en mayor medida) y el Ministerio de Turismo bajo el Programa Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos.

Las competencias urbanas están concentradas en el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, excepto aquellas relacionadas al transporte urbano y el ambiente. Es decir, por un lado, el MIOPyV concentra funciones consideradas “urbanas” pero al mismo tiempo se mantiene la separación sectorial entre lo habitacional y los otros componentes estructurales de la ciudad.

La escisión de los temas ambientales de la planificación territorial pone en evidencia que la sustentabilidad y la resiliencia frente al cambio climático aún son pensadas como algo externo, que no es constitutivo del desarrollo urbano. Asimismo, la existencia de entes como la Au­toridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable es inconsistente con los problemas que se propone abordar, que tienen un gran componente de vivienda, infraestructura, servicios urbanos y regularización dominial.

Evolución del gasto en hábitat, en porcentaje sobre gasto nacional total (2012-2017)
Gráfico sobre la evolución del gasto en hábitat, en porcentaje sobre gasto nacional total años 2012 y 2017

Fuente: CIPPEC en base a datos publicados en ASAP, Oficina Nacional del Presupuesto y la cuenta de inversión del Ministerio de Hacienda

 

El presupuesto ejecutado describe una curva similar a la del presupuesto por ley: en 2015 se observa sub-ejecución con respecto al presupuesto reasignado en las distintas funciones. En 2012 y 2016 esta situación se repite con el agregado que la ejecución fue menor a lo aprobado por ley. Por el contrario, entre 2013 y 2015 hubo sobre-ejecución.

Hay algunas excepciones al patrón general que pueden observarse en la desagregación por funciones:

  • Agua Potable y Alcantarillado: la ejecución supera al gasto asignado por Ley de Presupuesto entre 2012 y 2015.
  • Vivienda y Urbanismo: tuvo un pico de ejecución de 1,1 puntos porcentuales por sobre el presupuesto asignado por ley en 2013, con sobre-ejecuciones de 0,6% en 2014 y 0,3% en 2016, mientras que en 2015 hubo sub-ejecución.

¿Hay una política urbana nacional en Argentina?

La Argentina no cuenta actualmente con una política urbana nacional aunque en la práctica existen acciones coordinadas que pueden entenderse como partes de ella.

Hay tres planes nacionales vigentes: de Vivienda, de Hábitat (sin responsable a cargo al momento de cierre de este documento) y de Agua. Sin embargo, el Decreto 174/2018 no incluye al Plan Nacional de Hábitat como objetivo de ninguna de las nuevas secretarías y dos de las cuatro áreas estructurales del hábitat -transporte y ambiente- no cuentan con planes nacionales vigentes.

Además, los planes existentes se implementaron por decreto. Esto implica un riesgo importante en su continuidad a largo plazo. Utilizar decretos permitió ejecutar con celeridad una política necesaria en el contexto de la emergencia habitacional. Pero esta implementación se dio sin un proceso participativo activo de los distintos sectores de la sociedad. Involucrarlos es no solo una condición para la sostenibilidad de la política, sino también la forma más efectiva de garantizar que el plan abarque la diversidad y la complejidad de todo el territorio nacional.

¿Cómo se puede fortalecer la estrategia nacional de hábitat?

Saldar las deudas de hábitat digno en la Argentina exige una política urbana integral que comprenda a la vivienda como parte de un sistema complejo integrado con la infraestructura, el transporte y el ambiente. El gran desafío de las políticas de hábitat sigue siendo con­solidar un modelo de gestión que aborde el territorio como un sistema complejo donde la vivienda y su infraestructura están en estre­cha relación con la movilidad urbana y con el medioambiente con el cual interactúa.

¿Qué medidas hacen falta para fortalecer una estrategia na­cional de hábitat en la Argentina?

El gobierno nacional tiene dos compromisos estructurales en este proceso: definir los lineamientos de la estrategia nacional de hábitat y promover su implementación en el nivel de los gobiernos sub-nacionales. Para ello, debe:

  • Fortalecer la integralidad de la organización institucional. Para mejorar la gestión coordinada de las diversas políticas sectoriales y la cooperación horizontal, las funciones vinculadas a la vivienda, la infraestructura básica de servicios, el transporte urbano y los temas ambientales de las ciudades deben tender a incorporarse a un mismo Ministerio. En una primera instancia, esta coordinación podría estar a cargo de una Secretaría abocada a las Ciudades.
  • Consolidar las iniciativas de planificación territorial. Esto implica implementar un Plan Nacional de Desarrollo Territorial que articule los planes y políticas sectoriales (y los respectivos organismos a cargo de su ejecución) y afirme los lineamientos a seguir en los procesos de desarrollo urbano, y también que todos los planes vigentes sean revisados a través de procesos participativos y aprobados como parte de la legislación urbano-territorial argentina.
  • Incorporar el paradigma del derecho a la ciudad en las políticas de hábitat. Más allá de incorporar los principios y lineamientos en los planes y programas nacionales, hay que llevar a cabo acciones para su efectiva realización. El rol del gobierno central en la difusión y capacitación de los equipos provinciales y locales es clave.
  • Establecer condiciones e incentivos para la distribución de los recursos nacionales vinculados a las políticas urbano-habitacionales. Esto implica definir plazos que permitan desarrollar las obras en curso pero que sujeten los futuros desembolsos a la aplicación de los instrumentos disponibles en las provincias y municipios que estén en sintonía con los lineamientos nacionales, o bien a su desarrollo e implementación.

Sin barreras. La ley de paridad en los municipios bonaerenses

En las elecciones de octubre de 2017, el porcentaje promedio de mujeres electas como concejalas en la Provincia de Buenos Aires aumentó del 33% al 45%. El porcentaje promedio de mujeres en los concejos pasó del 33% al 40%. Estas cifras no tienen precedentes en la provincia.

¿Qué es la ley de paridad?

En octubre de 2016, la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires (PBA) sancionó la Ley 14.848 de paridad electoral. Con el objetivo de garantizar una representación paritaria de los géneros en los cargos legislativos electivos, la norma exige que se intercalen personas de ambos sexos en las listas de candidatos a senadores y diputados provinciales, concejales y consejeros escolares, respetando el principio de alternancia y secuencialidad por binomios (hombre-mujer o mujer-hombre).

¿Qué pasaba antes de la ley paridad?

Esta ley vino a modificar la anterior ley de cuotas que, después de dos décadas, había alcanzado un techo en su capacidad de fomentar la participación de las mujeres en los cargos electivos. En 2017, antes de la implementación de la paridad, la participación promedio de las mujeres en los concejos deliberantes era del 33% y en uno de cada tres de los concejos las mujeres no llegaban a representar el 30% del cuerpo.

Además, las cuotas no tuvieron efectos de derrame en ámbitos ejecutivos: en 2017 solo seis de los 135 municipios de la PBA tenían intendentas, de las cuales dos eran interinas. En 2018, las dos interinas fueron reemplazadas por hombres. Así, el porcentaje de intendentas en la PBA está por debajo del promedio nacional. Se estima que, considerados todos los municipios del país, alrededor del 10% de las intendencias son ocupadas por mujeres.

A su vez, hasta el año 2011, las pocas mujeres que ejercieron el cargo de intendenta gobernaron para una población muy reducida, menor al 1% del total provincial. Este porcentaje es muy bajo considerando que en promedio cada municipio tiene un 0,7% de los habitantes de la provincia.

Porcentaje de intendentas y población gobernada por una mujer. Provincia de Buenos Aires (1991-2017)
Gráfico de porcentaje de intendentas y población gobernada por una mujer. Provincia de Buenos Aires (1991-2017)

Fuente: CIPPEC con datos de Caminotti et al. (2014), Censo Nacional 2010 y PNUD, ONU Mujeres e IDEA (2017)

 

La ley de paridad: más igualdad de género en los municipios

La composición por género de los concejos deliberantes e intendencias de la provincia de Buenos Aires antes de la implementación de la ley de paridad es una línea de base a partir de la cuál monitorear y evaluar sus efectos. ¿Qué sucedió en las elecciones de 2017 con la primera implementación de esta ley?

El efecto de la paridad es evidente sobre todo si se analiza la proporción de mujeres sobre los legisladores electos. En 2017, la cantidad de mujeres electas en cada cámara se duplicó en relación con las elecciones de medio término de 2013, cuando se renovaron bancas en las mismas secciones electorales.

El porcentaje de concejalas electas por municipio aumentó: en 2017 representaron, en promedio, un 45%, mientras que en 2015 habían sido un 33%. Con la ley de paridad, en ningún municipio la proporción de electas fue inferior al 30% del total, mientras que en 2015 esto sucedió en el 32% de los municipios.

Pinamar eligió en 2015 un 14% de concejalas, mientras que en 2017 eligió un 42% con la ley de paridad. Zárate pasó de elegir un 20% de concejalas en 2015 a un 40% en 2017. Por su parte, San Miguel eligió un 16% de mujeres en 2015 y un 41% en 2017. En 2015, Florencio Varela y Lanús eligieron un 25% de concejalas, en 2017 un 50%.

Además, en 67 municipios se eligió un 50% o más de mujeres, algo que en 2015 sólo había ocurrido en 15 de los 135 casos.

Porcentaje de concejalas electas por municipio. Provincia de Buenos Aires (2015, 2017)
Gráfico de porcentaje de concejalas electas por municipio. Provincia de Buenos Aires (2015, 2017)

Fuente: CIPPEC en base a datos de los concejos deliberantes

 

La participación de las mujeres en los concejos deliberantes también aumentó a partir de la paridad. En promedio, las mujeres pasaron de ocupar el 33% de las bancas a ocupar el 40%.

Antes de 2017 las mujeres no llegaban a representar el 30% de los concejales en 47 municipios, pero ahora sólo quedan 4 casos en esa situación: Pinamar, Suipacha, Mar Chiquita y Benito Juárez.

Los municipios donde las mujeres ocupan la mitad de las bancas o más pasaron de 8 a 19.

Participación de las mujeres en los concejos deliberantes antes y después de la primera implementación de la paridad de género. Provincia de Buenos Aires (2017)
Gráfico sobre la participación de las mujeres en los concejos deliberantes antes y después de la primera implementación de la Ley de Paridad de Género - Provincia de Buenos Aires año 2017

Fuente: CIPPEC en base a datos de los concejos deliberantes

 

¿Por qué en algunos municipios se eligen más mujeres y en otros menos?

El efecto de la ley de paridad en los municipios fue heterogéneo: la proporción de concejalas actualmente varía entre un 25% y un 66%. Estas variaciones entre los municipios no guardan relación con sus características poblacionales, sociodemográficas, institucionales, político-partidarias o sus recursos presupuestarios. ¿Qué explica entonces las diferencias entre unos municipios y otros?

Algunos factores institucionales y políticos aparecen asociados a la elección de concejalas en los municipios:

  • Cuanto mayor es la dispersión del voto, el porcentaje de mujeres electas resulta menor: cuando una mayor cantidad de partidos obtiene un porcentaje importante de votos, los cargos se distribuyen entre más agrupaciones, cuyas listas suelen estar encabezadas por hombres. Entonces es menos probable que las mujeres, quienes suelen ocupar peores lugares en las listas, resulten elegidas. Pinamar y Zárate fueron de los municipios con mayor dispersión del voto en 2015 y en ambos casos el porcentaje de mujeres electas aumentó en forma notoria.
  • Cuantos más cargos hay en juego, mayor proporción de mujeres electas: cuando hay más cargos en juego, es más probable que las mujeres lleguen a ocupar posiciones expectantes en las listas (dado que los hombres suelen ocupar los primeros lugares) y, por lo tanto, es más probable que ellas resulten electas. De manera consistente, la proporción promedio de mujeres electas es mayor en los municipios del Gran Buenos Aires que en los del interior de la provincia, donde se eligen más cargos en cada distrito. San Miguel, Florencio Varela y Lanús son de los municipios que más cargos eligen y evidencian grandes cambios en la proporción de mujeres electas entre 2015 y 2017.
  • En la PBA el número de concejales que integran el Concejo Deliberante depende de la cantidad de habitantes en el municipio: los concejos más pequeños tienen 6 miembros y los más grandes tienen 24. Como los concejos se renuevan por mitades, la cantidad de cargos en juego en cada elección varía entre 3 y 12 y esto ayuda a explicar las variaciones entre los municipios.

El futuro de la paridad

Para asegurar el efecto positivo de la ley de paridad es necesario monitorear, sistematizar y difundir información sobre la participación política y electoral de las mujeres en la PBA, tomando en cuenta experiencias y buenas prácticas internacionales. Es importante producir información sobre lo que ocurre en el nivel municipal, donde hay poca disponibilidad de datos.

Las reglas de paridad también pueden verse condicionadas en su implementación: en la PBA, Resolución Técnica 114 introdujo una excepción y dispuso que las listas de las agrupaciones con competencia interna en las primarias debían integrarse “sin alterar el orden previsto en las listas de precandidatos”, aunque esto implicara incumplir la alternancia y la secuencialidad entre géneros. En otras palabras, generó reglas diferenciadas para agrupaciones con procesos competitivos de selección de candidaturas y sin ellos.

Si bien en la elección general de 2017 el 83% de las listas en la categoría concejal respetó las exigencias de paridad con alternancia y secuencialidad y el porcentaje de mujeres electas y en los concejos aumentó, el respeto de la paridad en elecciones futuras no está garantizado.

Por otra parte, en 2015, en la PBA había un 33% de mujeres en los concejos y solo un 4,4% de intendentas. En los cargos ejecutivos municipales, las mujeres que consiguen llegar a la intendencia son todavía excepcionales, algo que sugiere que la presencia femenina en los concejos es todavía en buena parte producto de las medidas de igualdad (cuotas y paridad) que no rigen para la elección de cargos ejecutivos.

En los próximos años será preciso evaluar si la paridad contribuye a promover un mayor acceso de las mujeres a esos lugares o se requieren medidas complementarias para lograr la representación política paritaria de los géneros.

Riesgos para la integridad en las empresas públicas

Los cuestionamientos a la ética e integridad pública de los funcionarios ocupan cada vez más lugar en la agenda pública. El gobierno actual impulsó cuatro iniciativas en esta materia:

  1. El proyecto de reforma de la Ley de Ética en la Función Pública (N° 25.188, sancionada en 1999).
  2. Los programas de integridad en las empresas (establecidos en la Ley 27.401).
  3. Las propuestas de la “Red de empresas de propiedad estatal por la transparencia”, organizada por la Oficina Anticorrupción, como la promoción de códigos de ética, del monitoreo de los directorios y de una mayor regulación en las compras y contrataciones.
  4. Los lineamientos de buen gobierno para empresas de participación estatal (Decisión Administrativa 85/2018), como establecer altos estándares de transparencia y acceso a la información y que el interés de la organización prevalezca sobre los sectoriales o particulares.

Integridad y riesgos

En la Argentina existen diversas normativas para promover la integridad pública y transparencia, como la promulgación de la nueva Ley de Acceso a la Información Pública; la reglamentación del Régimen de Obsequios y Viajes financiados por terceros a Funcionarios Públicos; la publicación en formato abierto de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos; y la sanción de la Ley de Ética en la Función Pública y de la Ley de Responsabilidad Penal. Estas dos últimas son las más relevantes para conceptualizar la integridad e identificar los riesgos a la integridad.

La Ley de Ética en la Función Pública establece los deberes, prohibiciones e incompatibilidades de quienes trabajan en la función pública. Los deberes y pautas de comportamiento ético están asociados con cumplir la normativa vigente; actuar con honradez y austeridad; privilegiar el interés público sobre el particular; no recibir ningún beneficio personal indebido; rendir cuentas y mostrar transparencia (incluyendo los procesos de contrataciones públicas); proteger y conservar la propiedad del Estado; y no usar las instalaciones y servicios del Estado para beneficio particular.

Por su parte, la Ley de Responsabilidad Penal (N° 27.401, sancionada en 2018) busca prevenir la corrupción y sancionar a las empresas -y no solo a las personas- que cometan delitos de corrupción. La norma identifica cinco delitos de responsabilidad penal: cohecho y tráfico de influencias; negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; concusión; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados y falsedad en balances e informes.

Los debates sobre integridad pública también se encuadran en la negociación del gobierno argentino por formar parte de la OCDE, que prioriza la integridad del sector público como motor para el crecimiento de los países. Para la OCDE, integridad refiere al uso adecuado de fondos, recursos, activos y atribuciones en el sector público según los objetivos oficiales.

Tipos de riesgos a la integridad

Los riesgos a la integridad pueden ser identificados como delitos (como en la Ley de Responsabilidad Penal) o potenciales daños que surgen de la falta de cumplimiento de los principios básicos de los funcionarios públicos establecidos en el marco legal. Los riesgos son: nepotismo, favoritismo político, fraude al interés social de la empresa, soborno, hurto de bienes, fraude económico, tráfico de información, conflicto de interés, falsificación de datos, discrecionalidad en el accionar del funcionario y falta de transparencia. Los tres primeros riesgos pertenecen exclusivamente a las empresas públicas mientras que los restantes son aplicables también para las firmas privadas.

Tipología de riesgos a la integridad pública en las empresas de propiedad estatalTipología de riesgos a la integridad pública en las empresas de propiedad estatal

Las empresas estatales, a diferencia de las privadas, no necesariamente priorizan maximizar beneficios, dado que tienen un fin social inherente. En consecuencia, enfrentan riesgos que no afectan a las privadas: el nepotismo, el favoritismo político y el fraude al interés social.

El nepotismo o favoritismo político es la contratación de personal o su ascenso influido por el vínculo familiar del candidato o su cercanía política, en vez de por sus calificaciones o aptitudes técnicas para el puesto. Así los funcionarios y empleados no son necesariamente las personas más aptas para los cargos, lo cual puede afectar el desempeño y la competitividad de la empresa.

En tanto, el fraude al interés social de la empresa consiste en brindar un servicio deficiente o producir un bien que no cumpla con los estándares mínimos de calidad. En estos casos, se socaba la credibilidad de la empresa y se le impide alcanzar sus objetivos.

Mapeo de riesgos a la integridad

Los riesgos a la integridad aparecen en los procesos de las empresas y todos los empleados están expuestos, en mayor o medida, a ellos. A continuación, se analizan los riesgos asociados a las licitaciones y compras simplificadas, la contratación de personal y la elaboración de presupuestos. Los instrumentos de prevención de riesgos de integridad identificados en cada proceso se basan en iniciativas existentes en empresas de propiedad estatal y en iniciativas y acciones que surgen de la normativa nacional, incluyendo los Lineamientos de Buen Gobierno.

La Ley de Responsabilidad Penal (N° 27.401) sugiere la implementación de programas de integridad en las empresas: un código de ética o conducta, reglas y procedimientos para prevenir actos ilícitos en licitaciones y concursos; y capacitaciones periódicas a los miembros de la entidad. Los instrumentos para cada proceso se pueden inscribir dentro de los reglamentos de compras simplificadas, licitaciones, y contratación de personal (como protocolos de integridad y transparencia).

Además, otras acciones detalladas por la Ley de Responsabilidad Penal como de posible inclusión en los programas de integridad son: analizar periódicamente los riesgos; que el programa cuente con el apoyo de los directores; crear canales de denuncia con protección para los denunciantes; establecer un sistema de sanciones para quienes violen el código de ética; aplicar principios de integridad a terceros o socios de la empresa; monitorear y evaluar el programa; o asignar un encargado del programa y de su alineamiento con la normativa nacional, provincial y municipal relacionada con el tema. Finalmente, además de aplicar instrumentos de prevención de riesgos de integridad, hay que capacitar a los empleados y funcionarios al respecto.

Mapeo de riesgos a la integridad en licitacionesMapeo de riesgos a la integridad en licitaciones
Mapeo de riesgos a la integridad en compras con trámite simplificadoMapeo de riesgos a la integridad en compras con trámite simplificado
Mapeo de riesgo a la integridad de contratación de personal para rangos medios

Mapeo de riesgo a la integridad de contratación de personal para rangos medios

Mapeo de riesgo a la integridad en la elaboración de presupuesto

Mapeo de riesgo a la integridad en la elaboración de presupuesto

Bridges to the Future of Education: Policy Recommendations for the Digital Age

The book gathers educational policy documents published in the T20 Argentina process during 2018 within the framework of the Working Group “The Future of Work and Education for the Digital Era”. This production proposes recommendations oriented to the educational priorities established by the G20: 21st century skills development and education financing.

Versión en español 

10 decisiones para construir un sistema de monitoreo y evaluación de políticas públicas

Los sistemas de monitoreo y evaluación vienen ganado relevancia en los gobiernos nacionales, provinciales y municipales de distintos países. La creación de organismos específicos de monitoreo y evaluación es prueba de ello. Pero construir un sistema conlleva más que eso. Exige definir y fortalecer competencias de monitoreo y evaluación en el organismo rector y también en los ministerios, secretarías y organismos de cada nivel de gobierno con los que interactúe y en los actores de la sociedad en general. Sólo si los funcionarios y actores están capacitados, podrán interpretar los resultados de las evaluaciones. Por eso, el Estado en todos sus niveles debe liderar la creación y funcionamiento de los sistemas de monitoreo y evaluación.

Los casos de gobiernos nacionales (Canadá, España, México, Brasil) y provinciales/estaduales (Cataluña, Jalisco, Pernambuco y la Ciudad de Buenos Aires) analizados en este documento muestran que no existe un único patrón de institucionalización de las funciones de M&E.

Por el contrario, revelan que los gestores pueden optar por diferentes alternativas en función de los contextos institucionales, sociales y políticos y los recursos presupuestarios. Sin embargo, hay dos criterios que deben tenerse en cuenta. El primero es la coherencia interna: cada decisión marca la opción por elementos de un sistema. Todos los componentes del sistema (dependencia institucional del órgano rector, distribución de competencias, perfil de los recursos humanos, formas de financiamiento, criterios para la priorización de las evaluaciones a realizar, etc.) deben alinearse con el propósito del sistema de monitoreo y evaluación. Por ejemplo, si el objetivo es contar con un sistema de monitoreo y evaluación independiente, deben instrumentarse ciertos diseños institucionales que lo protejan de la excesiva interferencia política, mecanismos de control de calidad y fuentes de financiamiento estable.

El segundo criterio es la coherencia intersectorial e intergubernamental. Hay que lograr cierto equilibrio entre las decisiones autónomas de los ministerios y de los gobiernos provinciales y municipales, sin descuidar la integralidad del sistema. Las funciones de más relevancia deben ser atendidas en la ingeniería institucional. Es decir, hay que fortalecer herramientas de gestión que garanticen la evaluabilidad de los programas y políticas (como los sistemas de información). También hay que capacitar y asistir técnicamente a los equipos responsables del monitoreo y evaluación. Definir y aplicar estándares de calidad para las evaluaciones es otro aspecto crucial. Se debe considerar además la congruencia entre las prioridades de monitoreo y evaluación de los diferentes sectores y niveles de gobierno y el potencial uso cruzado de los hallazgos.

Elegí tu propio sistema de evaluación 

Los sistemas de monitoreo y evaluación permiten retroalimentar el proceso de diseño de políticas, mejorar los niveles de transparencia y responsabilidad de los funcionarios públicos y lograr una mayor efectividad y rendición de cuentas de la acción estatal. Un sistema de monitoreo y evaluación implica arreglos institucionales estables en relación a 10 aspectos críticos vinculados al marco organizacional, la práctica evaluadora, la sustentabilidad del sistema y la utilización de los resultados. Las experiencias de sistemas de este tipo a nivel nacional y local permiten dar cuenta de las diferentes alternativas posibles para dar respuesta a estos aspectos.

Te invitamos a responder 10 preguntas para saber en qué modelo estás pensando y a leer el Documento de Trabajo “10 decisiones para construir un sistema de monitoreo y evaluación de políticas públicas” para aprender sobre las ventajas y desventajas de las diversas alternativas.